Línea de financiación pública.
Ayudas a la contratación de Seguros Agrarios aplicadas a través de descuento en el momento de la contratación.
¿En qué consiste?
Ayudas a la suscripción de Seguros Agrarios que se pagará en el momento de la contratación de la póliza, aplicando el descuento en el importe de la póliza.
Este tipo de ayudas no requieren rellenar ninguna solicitud ya que la formalización de la correspondiente póliza de contrato de seguro por el asegurado, o el tomador en su nombre, tendrá la consideración de solicitud de la subvención, siempre y cuando se haya realizado dentro de los periodos de suscripción de alguna de las modalidades de aseguramiento contempladas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados.
¿Quién la concede?
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía.
¿Qué debo tener en cuenta?
Los principales requisitos para poder solicitar la ayuda son los siguientes:
- Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidades de bienes y sociedades civiles sin personalidad jurídica, con explotaciones agrícolas, ganaderas, acuícolas y forestales, ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que suscriban una póliza de seguros amparada por la Ley 87/1978, de 28 de diciembre. 2. No percibirán ninguna subvención:
- Las pólizas de seguro contratadas por las personas aseguradas que tengan la condición de Administración Pública, de acuerdo con el artículo 2.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- Las contratadas por empresas, sociedades o asociaciones cuya finalidad principal, reflejada en sus estatutos, sea distinta de la de la producción agraria, forestal o acuícola.
- Las contratadas por empresas que no tengan la condición de pequeña o mediana empresa (PYME), según se define en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. A los efectos de identificar a las grandes empresas, se tendrá en cuenta la definición de pequeña y mediana empresa contenida en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.
- No podrán obtener la condición de persona o entidad beneficiaria de las subvenciones reguladas en las presentes bases aquellas en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes:
- Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos
- Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme al Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
- Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
- Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquéllos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses de Altos Cargos Públicos; la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado; de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
- No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos en los que se determinen reglamentariament
- Se considerará que se encuentra al corriente cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro.
- Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
- Haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones, según la Ley General de Subvenciones u otras leyes que así lo establezcan.
- No podrán acceder a la condición de entidades beneficiarias las agrupaciones previstas en el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuando concurra alguna de las prohibiciones anteriores en cualquiera de sus miembros.
- Las prohibiciones de obtener subvenciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquellas.
- Las demás circunstancias previstas en las normas autonómicas y estatales con rango de ley, y en las normas de la Unión Europea que se indican en el artículo segundo de estas bases reguladoras.
¿Cómo es la ayuda?
Dineraria.
¿Hasta cuándo puedo solicitarla?
Este trámite no está sujeto a plazos (este tipo de ayudas no requieren rellenar ninguna solicitud ya que la formalización de la correspondiente póliza de contrato de seguro por el asegurado, o el tomador en su nombre, tendrá la consideración de solicitud de la subvención, siempre y cuando se haya realizado dentro de los periodos de suscripción de alguna de las modalidades de aseguramiento contempladas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados).
¿Dónde puedo encontrar más información?
Bases reguladoras aquí.
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