Línea de financiación pública.
Kit Digital. Comunicaciones seguras.
¿En qué consiste?
Con esta solución dispondrás de seguridad en las conexiones entre los dispositivos de tus empleados y la empresa. Ofrece las siguientes funcionalidades y servicios:
- SSL: dispondrás de un protocolo de capa de sockets seguros, para crear una conexión segura y cifrada.
- Cifrado de extremo a extremo: tendrás las comunicaciones cifradas en todo su recorrido, con el objetivo de prevenir ataques.
- Logs de conexión: serás capaz de mantener un registro de los dispositivos que se han conectado a tu red privada.
- Control de acceso: tendrás la posibilidad de permitir la conexión a tu red privada única y exclusivamente a los dispositivos autorizados por ti.
- Dispositivos móviles: podrás hacer uso de esta solución desde dispositivos móviles.
- Configuración inicial y actualizaciones de seguridad: dispondrás de una configuración inicial para que puedas usarlo correctamente, con las respectivas actualizaciones de firmas de malware y otros datos para detección de amenazas además de las actualizaciones de software de seguridad periódicas requeridas.
¿Quién la concede?
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. Gobierno de España.
¿Qué debo tener en cuenta?
Los principales requisitos para poder solicitar la ayuda son los siguientes: a) Ser una empresa de entre 0 y menos de 250 empleados. *Para más información se recomienda consultar las bases reguladoras que se encuentran en el apartado “¿Dónde puedo encontrar más información?”.
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¿Cómo es la ayuda?
Dineraria. Cuantías máximas subvencionables:
- Entre 0 y menos de 3 empleados: 125€/usuario (incluye hasta 2 usuario)
- Entre 3 y menos de 10 empleados: 125€/usuario (incluye hasta 9 usuarios)
- Entre 10 y menos de 50 empleados: 125€/usuario (incluye 48 usuarios)
- Entre 50 y menos de 100 empleados: 125€/usuario (hasta 99 usuarios)
- Entre 100 y menos de 250 empleados: 125€/usuario hasta 232 usuarios)
¿Hasta cuándo puedo solicitarla?
Se podrá solicitar en distintos períodos, según el segmento:
a) Pequeña empresa o microempresa de entre 0 y menos de 3 empleados. Hasta el 31/10/2025.
b) Pequeña empresa o microempresa de entre 3 y menos de 10 empleados. Hasta el 31/12/2024.
c) Pequeña empresa de entre 10 y menos de 50 empleados. Hasta el 31/12/2024.
d) Comunidades de bienes, sociedades civiles y explotaciones agrarias de 0 a menos de 50 empleados. Hasta el 31/12/2024.
¿Dónde puedo encontrar más información?
Bases reguladoras aquí.
¿Dónde puedo solicitarla?
- Pequeña empresa o microempresa de entre 0 y menos de 3 empleados. Trámite de solicitud
- Pequeña empresa o microempresa de entre 3 y menos de 10 empleados. Trámite de solicitud
- Pequeña empresa de entre 10 y menos de 50 empleados. Trámite de solicitud
- Para comunidades de bienes, sociedades civiles y explotaciones agrarias de 0 a menos de 50 empleados 31/12/2024. Trámite de solicitud
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