Línea de financiación pública.

Kit Digital. Comunicaciones seguras.

Kit Digital. Comunicaciones seguras.

Sector

Pymes

Tipología

Dineraria

Ámbito

España

¿En qué consiste?

Con esta solución dispondrás de seguridad en las conexiones entre los dispositivos de tus empleados y la empresa. Ofrece las siguientes funcionalidades y servicios:

  • SSL: dispondrás de un protocolo de capa de sockets seguros, para crear una conexión segura y cifrada.
  • Cifrado de extremo a extremo: tendrás las comunicaciones cifradas en todo su recorrido, con el objetivo de prevenir ataques.
  • Logs de conexión: serás capaz de mantener un registro de los dispositivos que se han conectado a tu red privada.
  • Control de acceso: tendrás la posibilidad de permitir la conexión a tu red privada única y exclusivamente a los dispositivos autorizados por ti.
  • Dispositivos móviles: podrás hacer uso de esta solución desde dispositivos móviles.
  • Configuración inicial y actualizaciones de seguridad: dispondrás de una configuración inicial para que puedas usarlo correctamente, con las respectivas actualizaciones de firmas de malware y otros datos para detección de amenazas además de las actualizaciones de software de seguridad periódicas requeridas.

¿Quién la concede?

Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. Gobierno de España.

¿Qué debo tener en cuenta?

Los principales requisitos para poder solicitar la ayuda son los siguientes:

a)    Ser una empresa de entre 0 y menos de 250 empleados.

*Para más información se recomienda consultar las bases reguladoras que se encuentran en el apartado “¿Dónde puedo encontrar más información?”.

 

¿Cómo es la ayuda?

Dineraria. Cuantías máximas subvencionables:

  • Entre 0 y menos de 3 empleados: 125€/usuario (incluye hasta 2 usuario)
  • Entre 3 y menos de 10 empleados: 125€/usuario (incluye hasta 9 usuarios)
  • Entre 10 y menos de 50 empleados: 125€/usuario (incluye 48 usuarios)
  • Entre 50 y menos de 100 empleados: 125€/usuario (hasta 99 usuarios)
  • Entre 100 y menos de 250 empleados: 125€/usuario hasta 232 usuarios)

¿Hasta cuándo puedo solicitarla?

Se podrá solicitar en distintos períodos, según el segmento:

a)    Pequeña empresa o microempresa de entre 0 y menos de 3 empleados. Hasta el 31/10/2025.
b)    Pequeña empresa o microempresa de entre 3 y menos de 10 empleados. Hasta el 31/12/2024.
c)    Pequeña empresa de entre 10 y menos de 50 empleados. Hasta el 31/12/2024.
d)    Comunidades de bienes, sociedades civiles y explotaciones agrarias de 0 a menos de 50 empleados. Hasta el 31/12/2024.

¿Dónde puedo encontrar más información?

Bases reguladoras aquí.

¿Dónde puedo solicitarla?

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