¿En qué consiste?
Esta convocatoria de ayudas del programa Kit Digital está destinada a digitalizar comunidades de bienes, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida del segmento I, II, III.
Las ayudas de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de una o varias soluciones de digitalización de las disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital recogido en la plataforma Acelera pyme.
¿Quién la concede?
Red.es, organismo público competente para la concesión de las ayudas del Programa «Kit Digital», pone en marcha esta convocatoria de ayudas en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital), que tiene por objeto la concesión de ayudas a comunidades de bienes, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida para la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado.
¿Qué debo tener en cuenta?
Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
- Que la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras
- y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.
Para más información se recomienda consultar las bases reguladoras que se encuentran en el apartado “¿Dónde puedo encontrar más información?
¿Cómo es la ayuda?
La ayuda es de carácter dinerario, sin embargo, el dinero no se recibe directamente, sino que el bono digital se usa para pagar a agentes digitalizadores que ofrecen los servicios.
- El importe máximo de ayuda por beneficiario será de 12.000 €, 6.000 € o 3.000 €, en función del Segmento al que pertenezca.
- Las entidades que obtuvieron la condición de beneficiarias en las ayudas del Programa Kit Digital del Segmento III por un importe de 2.000€, podrán solicitar la ampliación de 1.000€ a través de su expediente en la Sede Electrónica de Red.es.
¿Hasta cuándo puedo solicitarla?
Abierta hasta el 31/10/2025 a las 11:00 horas, o cuando se agote el crédito presupuestario.
¿Dónde puedo encontrar más información?
Bases reguladoras aquí.
¿Dónde puedo solicitarla?
El trámite de solicitud está disponible en el siguiente enlace. El usuario deberá hacer clic en la casilla “Acceder al trámite” y, una vez que se identifique mediante el certificado digital o Cl@ve, podrá completar la solicitud de la ayuda.