Línea de financiación pública.
Kit Digital. Gestión de procesos.
¿En qué consiste?
El principal objetivo de esta categoría es digitalizar y/o automatizar procesos de tu negocio, relacionados con los aspectos operativos o productivos. Ofrece las siguientes funcionalidades y servicios:
- Digitalización y/o automatización de procesos y flujos de trabajo: tendrás digitalizados y/o automatizados procesos (horizontales y verticales) tales como:
- Contabilidad/finanzas: cuentas por cobrar/por pagar, gestión de activos y generación de cierres y balances, etc.
- Facturación: automatización de los procesos de facturación con la generación de presupuestos, albaranes y facturas, adaptados a los requisitos del artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y a su normativa de desarrollo.
- Proyectos: control de presupuestos, costes, estimaciones, optimización de los recursos, etc.
- Inventario: previsión, niveles de stock, envíos, distribuciones, devoluciones y cancelaciones, etc.
- Compras y pagos: gestión de pedidos de compra y proveedores.
- Recursos humanos: gestión de los recursos humanos, nóminas, etc.
- Logística: gestión de flotas y rutas, entre otras.
- Integración con diversas plataformas: la solución dispondrá de APIs o Web Services para su integración con otras herramientas.
- Actualizable: accederás a actualizaciones de la solución con nuevas versiones.
- Escalable: si tu empresa crece o cambia estructuralmente, la solución se adaptará a estos cambios
- Cumplimiento: podrás asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable, en concreto del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación del Real Decreto 1619/2012, así como cualquier normativa de aplicación.
- Módulos individuales: se podrán incorporar nuevos módulos individuales, siendo estos aquellos que agrupan o soportan un único subproceso de la cadena de valor de tu pyme, sobre una solución de gestión de procesos ya existente. No obstante, no podrá consistir en un desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente. Tampoco podrá ser la actualización debido a releases que el proveedor publique sobre una versión de software, ni upgrades o mejora de versiones existentes. El nuevo módulo individual que se implante debe cumplir con todos los requisitos establecidos en las bases de esta categoría y debe ofertarse a precio de mercado.
¿Quién la concede?
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. Gobierno de España.
¿Qué debo tener en cuenta?
Los principales requisitos para poder solicitar la ayuda son los siguientes: a) Ser una empresa de entre 0 y menos de 250 empleados. *Para más información se recomienda consultar las bases reguladoras que se encuentran en el apartado “¿Dónde puedo encontrar más información?”.
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¿Cómo es la ayuda?
Dineraria. Cuantías máximas subvencionables:
a) Entre 0 y menos de 3 empleados: 2.000 euros (incluye 1 usuario).
b) Entre 3 y menos de 10 empleados: 3.000 euros (incluye 3 usuarios).
c) Entre 10 y menos de 50 empleados: 6.000 euros (incluye 10 usuarios).
d) Entre 50 y menos de 100 empleados: 15.000 euros (incluye 20 usuarios).
e) Entre 100 y menos de 250: 18.000 euros (incluye 25 usuarios).
¿Hasta cuándo puedo solicitarla?
Se podrá solicitar en distintos períodos, según el segmento:
a) Pequeña empresa o microempresa de entre 0 y menos de 3 empleados. Hasta el 31/10/2025.
b) Pequeña empresa o microempresa de entre 3 y menos de 10 empleados. Hasta el 31/12/2024.
c) Pequeña empresa de entre 10 y menos de 50 empleados. Hasta el 31/12/2024.
d) Comunidades de bienes, sociedades civiles y explotaciones agrarias de 0 a menos de 50 empleados. Hasta el 31/12/2024.
¿Dónde puedo encontrar más información?
Bases reguladoras aquí.
¿Dónde puedo solicitarla?
a) Pequeña empresa o microempresa de entre 0 y menos de 3 empleados. Trámite de solicitud aquí.
b) Pequeña empresa o microempresa de entre 3 y menos de 10 empleados. Trámite de solicitud aquí.
c) Pequeña empresa de entre 10 y menos de 50 empleados. Trámite de solicitud aquí.
d) Comunidades de bienes, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida de entre 0 y menos de 50 empleados. Trámite de solicitud aquí.
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