Línea de financiación pública.

Kit Digital. Gestión de redes sociales.

Kit Digital. Gestión de redes sociales.

Sector

Pymes

Tipología

Dineraria

Ámbito

España

¿En qué consiste?

El principal objetivo de esta categoría es promocionar tu empresa en redes sociales. Ofrece las siguientes funcionalidades y servicios:

  • Social Media Plan: contarás con una estrategia de redes sociales alineada con tu misión y visión, para que sea relevante y conecte con tus potenciales clientes y fidelice a aquellos usuarios que ya lo sean.
  • Monitorización de redes sociales: tendrás monitorizados y controlados de manera periódica los impactos de las acciones en redes sociales para ver tus resultados y saber si estás cumpliendo con los objetivos de tu estrategia.
  • Optimización de la red/Auditoría Social Media: te ayudará a optimizar el rendimiento, analizando diferentes canales sociales.
  • Gestión de rede sociales: el Agente Digitalizador que hayas seleccionado para proporcionarte la solución te administrará el perfil/usuario en, al menos, una red social. Si perteneces a los segmentos IV o V, la gestión será de al menos 2 redes sociales.
  • Publicación de posts mensuales: para los segmentos I, II y III el Agente Digitalizador publicará un mínimo de 4-8 entradas (posts) mensuales en tus redes sociales. En el caso de los segmentos IV y V serán mínimo 12 posts mensuales.
  • Aplicación de una estrategia de escucha activa: te ayudará a mantener una supervisión de tus redes sociales. (Exclusivo para Segmento IV y V).
  • Creación de contenido audiovisual mensual: el Agente Digitalizador se encargará de la creación y publicación de, al menos, dos entradas (posts) mensuales de contenido audiovisual. (Exclusivo para Segmento IV y V).

¿Quién la concede?

Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. Gobierno de España.

¿Qué debo tener en cuenta?

Los principales requisitos para poder solicitar la ayuda son los siguientes:

a)    Ser una empresa de entre 0 y menos de 250 empleados.

*Para más información se recomienda consultar las bases reguladoras que se encuentran en el apartado “¿Dónde puedo encontrar más información?”.

 

¿Cómo es la ayuda?

Dineraria. Cuantías máximas subvencionables:

a)    Entre 0 y menos de 3 empleados: 2.000 euros.
b)    Entre 3 y menos de 50 empleados: 2.500 euros.
c)    Entre 50 y menos de 250 empleados: 5.000 euros.

¿Hasta cuándo puedo solicitarla?

Se podrá solicitar en distintos períodos, según el segmento:

a)    Pequeña empresa o microempresa de entre 0 y menos de 3 empleados. Hasta el 31/10/2025.
b)    Pequeña empresa o microempresa de entre 3 y menos de 10 empleados. Hasta el 31/12/2024.
c)    Pequeña empresa de entre 10 y menos de 50 empleados. Hasta el 31/12/2024.
d)    Comunidades de bienes, sociedades civiles y explotaciones agrarias de 0 a menos de 50 empleados. Hasta el 31/12/2024.

¿Dónde puedo encontrar más información?

Bases reguladoras aquí.

¿Dónde puedo solicitarla?

a)    Pequeña empresa o microempresa de entre 0 y menos de 3 empleados. Trámite de solicitud aquí.
b)    Pequeña empresa o microempresa de entre 3 y menos de 10 empleados. Trámite de solicitud aquí.
c)    Pequeña empresa de entre 10 y menos de 50 empleados. Trámite de solicitud aquí.
d)    Comunidades de bienes, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida de entre 0 y menos de 50 empleados. Trámite de solicitud aquí.

© 2024 AGAPA. Todos los derechos reservados.

× ¡Contáctanos por WhatsApp!